La Ley de Movilidad Sostenible obligará al uso del documento electrónico de control para el transporte de mercancías a partir del 1 de septiembre de 2024 según el anteproyecto de ley remitido el texto a las Cortes para su debate y aprobación a en 2023.
Aunque se trata de un anteproyecto de Ley que puede sufrir modificaciones durante su tramitación, el espíritu de la reforma parte de la necesidad de que los datos remitidos deban ser accesibles a toda persona habilitada para ello y de que el formato en el que se gestione tiene que garantizar el almacenamiento de los datos y el envío de documentos.
En lo relativo a los documentos que precisen de la firma de una o de todas las partes intervinientes, dichas firmas tendrán que:
- Estar vinculadas únicamente al firmante.
- Permitir identificar al firmante.
- Se hayan creado a través de medios que el firmante pueda tener bajo sucontrol.
- Vincularse a los datos a los que se remite, de forma que cualquier modificación posterior de los datos se pueda detectar.
Así mismo, el contenido del documento debe tener datos similares a los del actual documento en papel.